La Fiscalía no deja en paz a Marta Dominguez
El pasado 10 de mayo, la magistrada Mercedes Pérez Barrios, instructora de la conocida «operación Galgo», relacionada con una supuesta red de dopaje en el deporte, anulaba totalmente las intervenciones telefónicas practicadas a algunos de los presuntamente implicados en la causa, como a la atleta palentina Marta Domínguez, a su mánager, José Alonso Valero, y al también atleta Alberto García. «No estaba justificada la intromisión en sus comunicaciones», esgrimía al repecto la citada magistrada, quien también anuló distintos registros domiciliarios en los que se incautaron sustancias sobre las que existían sospechas de que podían utilizarse para «aumentar artificialmente» el rendimiento deportivo. Esas intervenciones telefónicas fueron autorizadas por la propia jueza y prorrogadas, al igual que los mandamientos de entradas y registros.
Ante esa decisión de la jueza, la Fiscalía no se quedó cruzada de brazos. Entendía y mantiene que son pruebas obtenidas licítamente y que, por tanto, no pueden apartarse del procedimiento. Por ello, ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid en un escrito, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso LA RAZÓN, en el que se critican muy duramente las decisiones de la instructora. «Evidentemente, lo que se desprende del auto recurrido –del 10 de mayo– es una confusión clara de cuál es la función de un juez de instrucción. El presente auto confunde la instrucción con el juicio oral, haciendo una valoración de las pruebas legalmente obtenidas, valoración que no es competencia del juez instructor sino de la fase oral del procedimiento». Sobra cualquier comentario sobre lo que piensa la Fiscalía sobre esas decisiones de la instructora.
En cuanto a Marta Domínguez, el Ministerio Público sostiene que la jueza acordó «el pinchazo» de su teléfono móvil el 26 de junio del pasado año tras analizar el informe policial aportado como consecuencia de los seguimientos a los que fue sometida. De ese informe, la instructora concluyó que existían indicios que justificaban la «intervención, grabación y escucha» de sus conversaciones telefónicas, medida que fue prorrogada el 16 de julio por espacio de otro mes al entender que «de las investigaciones llevadas a cabo, así como del tráfico de llamadas de los teléfonos intervenidos, existen indicios de la existencia de un delito contra la salud pública por dopaje de deportistas», citando de forma expresa, entre otros, a la atleta palentina.
Así, la Fiscalía afirma sin tapujos que carece de sentido que la jueza que realizó un seguimiento «detallado» de las diligencias y que, además, era la única que las conocía «al estar secretas las mismas», considerase entonces que había indicios para ordenar esa intervenciones y que nueve meses después «revoque» sus propias decisiones. Otro dardo envenado a la magistrada.
La Fiscalía destaca la decisión de la instructora de anular el auto de entrada y registro que acordó el 1 de diciembre del pasado año. En esa resolución aceptaba que se llevasen a cabo en los domicilios de varios de los investigados, pero no respecto a Alberto García, ya que denegó esa petición. Por ello, dice el fiscal, «nunca se puede anular un auto en el que no se le ha concedido la entrada y registro indicada». Otro dardo directo.
Fuente: larazon.es

